🔴 *Información importante vacunación COVID*🔴
Buenos días a tod@s
Según el calendario de vacunaciones, una vez vacunados los grupos de más riesgo, pronto empezará la vacunación masiva contra la COVID-19 de todos los trabajadores y trabajadoras en general.
Esto podría implicar tener que disponer de tiempo de trabajo para acudir al centro de salud o centro de vacunación.
Deben recordar que dicho tiempo es *tiempo retribuido por el necesario* para acudir, vacunarse y volver, en su caso, al puesto de trabajo.
Recomendamos solicitar justificante de la cita y por favor, recuerda que también puedes contactar con este Comité en caso de duda.
*Recordatorio importante en caso de padecer COVID*:
Si un/a trabajador/a inicia una IT o debe permanecer en aislamiento por el coronavirus, dicha situación se considera asimilada a accidente de trabajo exclusivamente para la prestación económica de IT.
En cambio, si coge la baja por los efectos secundarios que le ha ocasionado la vacuna del coronavirus, dicha IT no tendrá la misma consideración y será una baja por contingencias comunes ordinaria.
Las diferencias entre ambas situaciones son las siguientes:
En el primer caso (si la IT se asimila a accidente de trabajo), la prestación es de un 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja. En estos casos su empresa no debe hacerse cargo de la prestación, aunque sí asume el sueldo del día de la baja. Eso sí: al no ser un accidente (sino una situación asimilada), no procede abonar ningún complemento al que su empresa pueda estar obligada (aunque su convenio obligue a complementar la prestación de accidente).
En el segundo caso (en una IT ordinaria), la prestación es inferior para los afectados. Se abona a razón del 60% desde el cuarto hasta el vigésimo día, y del 75% a partir del vigesimoprimero. Ahora bien, en este caso su empresa asume el coste desde el cuarto hasta el decimoquinto día de la prestación.
(Fuente: Laver Consultores)
*TASA REPOSICIÓN 2018-2019*
Publicada la fecha para la realización de las pruebas selectivas correspondientes a la Tasa de Reposición 2018-2019 del Grupo Tragsa
Las pruebas selectivas de la TASA DE REPOSICIÓN se realizarán el domingo 20 de junio de 2021
Los Órganos de Selección de los procesos selectivos para la cobertura de puestos de trabajo fijos de diferentes categorías profesionales, correspondientes a las tasas de reposición de los años 2018 y 2019, del Grupo Tragsa (Tragsa y Tragsatec), convocados el pasado 30 de diciembre de 2020, comunican que las pruebas selectivas (prueba de conocimientos, test psicotécnico y prueba competencial) se realizarán el *domingo 20 de junio de 2021*.
La información sobre la localización exacta del lugar de la celebración de las pruebas correspondiente a cada candidato, junto con las instrucciones de acceso, se publicará a partir del día 7 de junio de 2021 en la plataforma web de empleo Abrir en nueva ventana, así como en la intranet y la página web del Grupo Tragsa.
Esta misma información se enviará a todos los candidatos a la dirección de e-mail que facilitaron en el momento de la inscripción al proceso selectivo.
También fueron publicadas las valoraciones definitivas de méritos de los aspirantes admitidos en la tasa de reposición de 2018 y 2019 del Grupo Tragsa.
Aún no tenemos noticias respecto a la Tasa de Estabilización de empleo.
Cualquier cosa, por favor no dudes en ponerte en contacto con el Comité Autonómico de Tragsa-Canarias
Un saludo cordial,
COMITÉ AUTONÓMICO DE TRAGSA-CANARIAS
EL PLENO
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