Esta es una propuesta para usar los fondos del Pas para ayudar a Trabajadores de Tragsa afectados por el volcán. A día de hoy parece que ya hay dos trabajadores que han perdido las casas.
lunes, 27 de septiembre de 2021
jueves, 23 de septiembre de 2021
Se abre el plazo para la entrega de documentación y solicitudes al FAS 2021,
En relación al Fondo Asuntos Asistenciales (en adelante FA S) correspondiente al año 2021, se
informa de los siguientes puntos:
L Se abre el plazo para la entrega de documentación y solicitudes al FAS 2021, desde el 1 de
octubre de 2021 al 31 de octubre de 2021;, Agradecemos que en beneficio de todos/as no
demorar la presentación a los últimos días.
2. Se recuerda que la presentación del impreso de solicitud de cada una de las tres modalidades
de ayudas es indispensable e independiente tanto para ayudas personales y familiares, como
instancia de solicitud de bolsa de estudios o Fondo de situaciones especiales. Cada formulario
de solicitud deberá estar correctamente cumplimentado y acompañado de toda la
documentación acreditativa solicitada, en caso contrario serán nulas a todos los efectos.
3. Las facturas deberán ser originales y contener los datos del beneficiario. Se admiten las
facturas formato ticket con datos (p.e., farmacia). Las facturas se devolverán previa solicitud.
4. Se establece un plazo excepcional para subsanaciones menores: hasta el 8 de noviembre a las
14 horas. Una vez detectadas, se comunicarán al interesado/a vía telefónica.
5. El impreso de solicitud y, la documentación acreditativa correspondiente, deberá tener registro
de entrada (sello, fecha y hora) en cualquiera de las oficinas de las distintas Oficinas
pertenecientes a la Gerencia de Canarias, así como oficinas del taller, y base BRIF La Palma,
antes de las 14:00 horas del día 31 de octubre de 2021-
6. Se informa que las ayudas del Fondo 2021 tributan y cotizan, exceptuando algunos conceptos
y se abonarán en la ómina de diciembre 2021. Respecto a los gastos médicos se adjunta un
listado con los conceptos que tributan y cotizan y los que no tributan pero sí cotizan.
7. Los beneficiarios de las ayudas podrá ser el propio solicitante, el cónyuge o pareja de hecho
o familiares de primer grado de consanguinidad y afinidad. Siempre que estén recogidos en
documento oficial o en la declaración de la renta del ejercicio del año anterior.
8. Ante cualquier duda en la cumplimentación de las solicitudes podrán ponerse en contacto con
íos componentes de esta Comisión de Asuntos Asistenciales.
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